Las cuatro opciones para solicitar crédito fiscal

Creado por: Roberto Sánchez fecha: 10-06-2019 10:18

Fuente: https://elperiodico.com.gt/inversion/2019/06/10/las-cuatro-opciones-para-solicitar-credito-fiscal/

Por: Redacción* elPeriódico

Los exportadores tienen la posibilidad de utilizar diferentes modalidades para solicitar la devolución de crédito fiscal generado por sus ventas al exterior.


En la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se establece que el crédito fiscal es el impuesto cargado al contribuyente por las operaciones afectas que realiza y que puede compensar como la importación y adquisición de bienes y la utilización de servicios que se vinculen con su actividad económica, lo mismo aplica a los contribuyentes que se dediquen a la exportación y los que vendan o presten servicios a personas exentas en el mercado local.

Se establecen tres regímenes de devolución de crédito fiscal:

Decreto 4-2019 Ley para la reactivación económica del café

 

Con esta ley se reforma la Ley del IVA y la Ley de Actualización Tributaria. Reduce en el caso del uso de facturas especiales, la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del siete al cinco por ciento. Además crea un cuarto régimen de devolución de crédito fiscal.

Régimen especial electrónico de devolución para los exportadores

Este aplica a todos los contribuyentes que se dediquen a la exportación y es un régimen optativo. Entra en vigencia a partir de noviembre de 2019. La SAT debe poner a disposición de los contribuyentes todas las herramientas electrónicas necesarias para que funcione.

La SAT deberá resolver en un plazo de 30 días la procedencia de la solicitud y remitir en los siguientes cinco días hábiles la resolución al Banguat para hacer efectiva la devolución. Para incorporarse al régimen:

a. Se creará un registro de exportadores que deben demostrar su calidad de exportador. Que de sus ingresos totales anuales el 50 por ciento o más se destinan a la exportación o si el porcentaje es menor que no logra compensar el crédito fiscal con el débito fiscal que recibe por sus ventas locales.

b. Utilizar el Régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL)

c. Usar un sistema electrónico de registro y documentación de sus operaciones.

La SAT fiscalizará a posteriori el crédito fiscal y actuará de forma administrativa o penal si procede.

meses se establecieron para que la SAT habilite todas las herramientas electrónicas para el nuevo régimen.